Uno de los cambios introducidos por el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público que se aprobó definitivamente el 22 de diciembre, es la posibilidad de que los empleados interinos del sector público con más de cinco años de antigüedad opten a una plaza fija por con concurso de méritos, es decir, sin necesidad de pasar por un concurso-oposición.
A tenor de esta medida excepcional, se convocarán por el sistema de concurso las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Se trata, pues, de un proceso extraordinario, que podrá realizarse una sola vez y que afecta a las plazas estructurales que lleven al menos cinco años ocupadas de manera interina, así como a aquéllas ocupadas por empleados interinos que lleven más de cinco años empleados en la Administración.
Por tanto, se reduce a la mitad el mínimo de antigüedad de los interinos que se había propuesto en un principio para convertirse en funcionarios por méritos.
La experiencia como factor determinante
Asimismo, el mencionado proyecto de ley establece que las Administraciones Públicas deberán ofertar las plazas temporales que estén ocupadas actualmente antes del 1 de junio de 2022 y que los procesos selectivos tendrán que finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
En el proceso de concurso-oposición por el que se accederá a dichas plazas, la fase de concurso tendrá una valoración de un 40% y los ejercicios en esta fase podrán considerarse como no eliminatorios. Por tanto, la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate será el factor determinante en la selección.
Respecto a los ámbitos educativo y sanitario, habrá un plazo de un año para adaptar la normativa al personal docente y al personal estatutario y equivalente de los servicios de salud.
Estos procesos de estabilización serán aplicables en todos los niveles de la Administración- estatal, autonómico y local-, así como en sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.
Indemnización en caso de no superar el proceso
Por otra parte, para el personal interino que no supere el proceso selectivo, la norma aprobada prevé una indemnización de veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades.
Concurso-oposición para los interinos con menos de cinco años
Aunque la antigüedad mínima para pasar de la interinidad a la plaza fija por concurso de méritos es de cinco años, el proyecto de ley también prevé una opción excepcional por el contexto de urgencia para aquellos interinos que lleven más de tres años y menos de cinco en una misma plaza que quieran consolidar su condición
A este segmento se le exigirá superar un concurso-oposición, además del de méritos, aunque los ejercicios en fase de oposición desde 2017 podrán no ser excluyentes.
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