El Título VI del Real Decreto-ley 7/2024 introduce diversas disposiciones para proteger a los trabajadores y apoyar el empleo en los municipios afectados por la DANA, cubriendo desde permisos laborales hasta apoyo a desempleados.
A continuación, se detallan estas medidas en materia de Empleo y Seguridad Social, de las que ya hicimos un avance en un artículo anterior sobre el RDL 7/2024, y que complementan a las primeras medidas incluidas en el RDL 6/2024.
Medidas en materia de empleo
Interrupción de actividad en caso de peligro
La situación generada por la DANA se considera un riesgo grave e inminente, permitiendo a los trabajadores y socios de cooperativas interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de peligro.
Ausencias justificadas y Plan Mecuida extraordinario
Se otorgan permisos retribuidos por ausencias laborales debido a causas específicas de la DANA, incluyendo:
Imposibilidad de llegar al trabajo.
Necesidades de traslado o recuperación de pertenencias en el hogar.
Desaparición o fallecimiento de familiares.
Cuidado de familiares afectados o dependientes debido a la DANA.
Las ausencias se consideran tiempo de trabajo efectivo, y no se permitirán medidas desfavorables hacia los trabajadores por ejercer este derecho.
Obligatoriedad del trabajo a distancia
En las empresas afectadas, el teletrabajo se establece como modalidad preferente siempre que sea viable. Los trabajadores tendrán derecho a realizar su jornada a distancia si las condiciones lo permiten.
Suspensiones y reducciones de jornada por fuerza mayor
Las suspensiones o reducciones de jornada debidas a los efectos de la DANA se consideran de fuerza mayor, aplicando los procedimientos del Estatuto de los Trabajadores. También se incluyen disposiciones para la tramitación de expedientes por causas económicas, técnicas o de producción vinculadas a la DANA.
Protección por desempleo para empleados del hogar
Los empleados del hogar que no puedan trabajar debido a la DANA podrán acceder a prestaciones por desempleo, mediante una declaración responsable de la persona empleadora o del propio trabajador si la empleadora no pudiera emitirla.
Prohibición de despido y protección del empleo
Las empresas que reciban ayudas por la DANA o se acojan a las suspensiones de jornada no podrán realizar despidos por causas de fuerza mayor ni por motivos económicos, técnicos o de producción relacionados con la DANA. Los despidos en este contexto serán nulos, y los contratos fijos-discontinuos no podrán interrumpirse.
Interrupción de contratos temporales
La suspensión de contratos temporales debida a la DANA interrumpe el cómputo de su duración, permitiendo que los trabajadores afectados mantengan sus derechos hasta la reanudación de sus contratos.
Normas especiales en materia de desempleo
Los trabajadores afectados podrán solicitar prestaciones por desempleo mediante un proceso simplificado y acceder a beneficios adicionales en su cálculo y compatibilidad, permitiendo percibir la prestación sin deducciones adicionales en función de la reducción de jornada.
Plan de empleo para zonas afectadas
Se asignan 50 millones de euros para financiar la contratación de desempleados en las zonas afectadas, con subvenciones destinadas a cubrir los costes salariales y promover la inserción laboral a través de obras o servicios de interés general.
Personal de las administraciones públicas
La disposición adicional cuarta del RDL 7/2024 establece algunas medidas que serán de aplicación a las administraciones públicas y organismos dependientes de éstas en el territorio de la Comunitat Valenciana:
Con carácter excepcional y a los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se podrá diferir el cese del personal funcionario interino hasta un máximo de veinticuatro meses a partir de la entrada en vigor del RDL 7/2024, siempre que sus funciones estén destinadas a la atención de las necesidades derivadas de la emergencia de protección civil y la respuesta ante los daños causados.
Los programas de carácter temporal a que se refiere el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, vinculados al objeto de este real decreto-ley, podrán ser ampliables por veinticuatro meses.
Medidas en materia de Seguridad Social
Pensiones de clases pasivas
Las pensiones de jubilación, viudedad, orfandad y otras derivadas de la DANA se considerarán, de forma excepcional, como derivadas de acto de servicio. Esto permite que el cálculo de estas pensiones se realice conforme a lo establecido para pensiones extraordinarias, beneficiando a quienes estaban en servicio activo en el momento del siniestro
Disposición excepcional de derechos consolidados en planes de pensiones
Durante seis meses, los afectados por la DANA podrán disponer de los derechos consolidados de sus planes de pensiones en situaciones como:
Daños en explotaciones agrarias o negocios.
Suspensión de actividad para autónomos.
Pérdida o daño en la vivienda habitual.
El límite de disposición será equivalente a tres veces el IPREM anual para 12 pagas, aplicándose el régimen fiscal de prestaciones de planes de pensiones.
Incremento adicional del complemento de ayuda para la infancia en el ingreso mínimo vital
Además del incremento extraordinario del 15% aprobado en el Real Decreto-ley 6/2024, el complemento de ayuda para la infancia en el ingreso mínimo vital se aumentará un 30% adicional en los meses de noviembre de 2024 a enero de 2025.
Moratoria en la reclamación de prestaciones indebidamente percibidas
Las entidades de la Seguridad Social suspenderán, durante 180 días, los procedimientos de reintegro de prestaciones indebidas a personas en municipios afectados, incluyendo el ingreso mínimo vital. Esta medida aplica solo si el proceso de descuento no ha comenzado antes de la entrada en vigor del decreto.
Suspensión de procedimientos de recaudación
La suspensión de recaudación de cuotas de la Seguridad Social, establecida en el artículo 21 del Real Decreto-ley 6/2024, se extiende a otros conceptos recaudatorios de la Seguridad Social.
Exenciones en cotización a la Seguridad Social
Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor vinculados a la DANA podrán beneficiarse de las exenciones de cotización a la Seguridad Social contempladas en el artículo 18 del Real Decreto-ley 6/2024.
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