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Verificación de facturas electrónicas: ¿cómo te afecta VERIFACTU?

  • Comunicación AGES
  • 20 oct
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 23 oct

Verifactu: veificación de facturas electrónicas

Aunque la obligatoriedad de emitir factura electrónica no entrará en vigor hasta que se publique el reglamento que desarrolla la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas - Ley Crea y Crece -, quienes ya utilizan software de facturación electrónica deberán adaptarse a los requisitos técnicos de VERIFACTU a partir del próximo año.


Este nuevo sistema de control impulsado por la Agencia Tributaria está diseñado para garantizar la veracidad e integridad de las facturas electrónicas emitidas.


Qué es VERIFACTU


VERIFACTU es el sistema de verificación de facturas electrónicas desarrollado por la Agencia Tributaria para evitar manipulaciones en los registros contables y reforzar la trazabilidad de las operaciones, en cumplimiento con la Ley Antifraude.


Su objetivo es garantizar que todas las facturas y justificantes emitidos a través de un software de facturación sean auténticos, íntegros y verificables por la Administración Tributaria.


En la práctica, VERIFACTU no es una aplicación en sí, sino un marco normativo y técnico que tendrán que cumplir los programas de facturación electrónica autorizados. Estos deberán generar un registro de facturación inalterable, firmado electrónicamente, y enviar la información a la Agencia Tributaria de forma inmediata o diferida, según la modalidad elegida por el contribuyente.


Cómo funciona


Cada vez que se emite una factura mediante un sistema compatible con VERIFACTU, el programa genera un registro electrónico firmado digitalmente, que se asocia de manera única a esa operación.

No obstante, hay dos modalidades de funcionamiento entre las que el contribuyente deberá elegir al configurar o actualizar el software de facturación para ajustarse a la normativa VERIFACTU:


  • Modalidad VERIFACTU: el sistema envía automáticamente a la Agencia Tributaria el registro de cada factura emitida. Será en la AEAT donde recaiga la responsabilidad de conservar las facturas, que, además, podrán ser consultadas por los clientes a través del código QR.

  • Modalidad NO VERIFACTU: el sistema no envía la información en tiempo real, pero sí bajo requerimiento de Hacienda. Se genera y se conserva el registro firmado, de manera que pueda ser verificado posteriormente por la Administración. En esta modalidad, las facturas no podrán verificarse en la AEAT ni serán visibles para los clientes.


En ambos casos, el software deberá cumplir con una serie de requisitos técnicos y de seguridad, entre ellos:


  • Identificación inequívoca del emisor y del dispositivo.

  • Registro cronológico y secuencial de todas las operaciones.

  • Imposibilidad de alterar los registros de facturación una vez generados.

  • Incorporación de un código identificativo único en cada factura.


    Modalidades VERIFACTU

¿Te afectará VERIFACTU en 2026?


La obligatoriedad de usar un software compatible con VERIFACTU afecta a todas las empresas y profesionales que ya emiten facturas electrónicas, independientemente de su volumen de facturación, con las siguientes fechas límite de adaptación de sus sistemas a la nueva normativa: 


  • 1 de enero de 2026 para empresas.

  • 1 de julio de 2026 para autónomos.


Las empresas y autónomos que aún no están utilizando la facturación electrónica y generan  sus facturas en papel o con programas como Word o Excel, tienen un plazo más amplio para cumplir con los estándares de VERIFACTU, ya que no están obligados a emitir facturas electrónicas hasta que no se publique el reglamento que desarrolla la Ley Crea y Crece. A partir de ese momento, se dispondrá de un plazo de uno o dos años, según la facturación.


Por tanto, la obligación que entra en vigor en 2026 no implica que todas las empresas deban empezar a emitir facturas electrónicas, sino que aquellas que ya lo hacen deberán asegurarse de que sus sistemas sean compatibles con VERIFACTU.


Excepciones


La Agencia Tributaria contempla dos casos en los que no se aplica la obligatoriedad de adaptar el sistema de facturación electrónica a VERIFACTU:


  1. Empresas y autónomos con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, que estarán sometidos a la normativa foral.

  2. Todos aquellos que ya utilicen el SII (Suministro Inmediato de Información).


Aplicación gratuita de Hacienda para cumplir con VERIFACTU


Los autónomos, profesionales y empresas con un volumen reducido de facturas pueden utilizar la aplicación gratuita de facturación electrónica de la Agencia Tributaria, cuya puesta en marcha ya se contemplaba en el Reglamento de programas de facturación de 2024, y que está disponible en la página web de la AEAT desde el pasado 13 de octubre.


Este programa genera un formulario en línea que recoge todos los datos necesarios de la factura y crea un registro electrónico que se envía directamente a la Agencia Tributaria. 

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