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Comunicación AGES

Suspensión de las reglas fiscales 2020-2021: cómo repercute en las entidades locales


La situación de emergencia que estamos viviendo con motivo de la pandemia de la Covid19, ha obligado al Gobierno a tomar medidas urgentes no sólo a través de nueva normativa - por ejemplo, los decretos-ley del trabajo a distancia y del teletrabajo aprobados en septiembre-, sino también mediante la suspensión temporal de las reglas fiscales.


En concreto, el Congreso de los Diputados acordó el 20 de octubre suspender las reglas fiscales para los ejercicios 2020 y 2021, en virtud de lo que el artículo 11.3 de la LOEPSF (Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera) y el artículo 135.4 de la Constitución disponen sobre las situaciones de emergencia extraordinaria.


A grandes rasgos, esta medida de carácter excepcional significa que quedan sin efectos los objetivos de estabilidad y de deuda pública de 2020 y 2021. Tampoco se aplicará la regla de gasto para estos ejercicios.


Pero veamos cómo repercute exactamente la suspensión temporal de las reglas fiscales en las entidades locales.


Mayor margen para combatir la crisis de la Covid-19


A efectos prácticos, la suspensión de las reglas fiscales para 2020 y 2021 permite a los ayuntamientos que puedan recurrir a sus remanentes de tesorería para contribuir a la recuperación económica y social.


Asimismo, gracias a esta medida, la Administración cuenta con un mayor margen para combatir las consecuencias económicas de la pandemia y destinar ayudas a empresas y ciudadanos.


Suspensiones temporales y obligaciones vigentes


Sin embargo, en un plano más específico, hay que considerar las suspensiones temporales concretas a raíz de la aplicación de esta medida y obligaciones de las administraciones públicas que aún siguen vigentes al no verse afectadas por aquella.


Para verlo más claro, desde AGES, hemos preparado el siguiente esquema:


Suspensión reglas fiscales tabla AGES








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